SANCIONES DISCIPLINARIAS PARA LOS ABOGADOS DE WASHINGTON


INTRODUCCIÓN

Esta hoja informativa es para toda persona que esté considerando presentar, o ya haya presentado, una queja ante el Colegio de Abogados del Estado de Washington.  Hemos traducido esta información para ayudarle y se publica como un servicio público para explicar el proceso disciplinario para abogados y temas relacionados. Sin embargo, todas las comunicaciones con la Oficina del Consejo Disciplinario deberán presentarse en inglés. El Colegio de Abogados del Estado de Washington es una rama de la Corte Suprema del Estado de Washington que regula la conducta de abogados.  El Colegio de Abogados del Estado de Washington no se financia con el dinero de los contribuyentes sino que se financia con fondos pagados por abogados licenciados para ejercer la abogacía en el Estado de Washington.

Presentar una queja es un asunto muy serio porque Ud. está acusando a un abogado de conducta que constituye falta de ética profesional.  Antes de presentarnos su queja, por favor considere la posibilidad  de resolver la disputa directamente con el abogado.  Un abogado puede rehusar a seguir representándole después de que Ud. haya presentado una queja en su contra y Ud. podría tener que buscar un nuevo abogado.  Si Ud. es discapacitado, o precisa ayuda para presentar una queja, sírvase llamarnos y tomaremos medidas razonables para asistirle.

LO QUE NOSOTROS PODEMOS HACER

La única autoridad que nosotros tenemos es la de sancionar a un abogado y nuestros recursos son limitados.  La Oficina del Consejo Disciplinario evalúa cada queja para determinar si contiene hechos que pudieran demostrar un quebrantamiento a las Reglas de Conducta Profesional, y determina qué acción debe tomarse, en caso de ser necesario.  Las reglas se encuentran visitando el sitio web www.wsba.org.  También se puede obtener una copia de las Reglas de Conducta Profesional en nuestra oficina, solamente en inglés.

Si evaluamos su queja y decidimos que no ha habido quebrantamiento de las reglas, o que no investigaremos su reclamo en mayor detalle, le explicaremos la razón.  Nuestras decisiones pueden ser revisadas por un Comité Examinador de tres miembros de la Junta Disciplinaria, compuesto de abogados y de personas que no son abogados.  Si investigamos su queja y creemos que hay pruebas suficientes que merezcan mayor gestión, se enviará una recomendación al Comité de Repaso de la Junta Disciplinaria para su consideración.

LO QUE NO PODEMOS HACER

Reembolso: Los procesos disciplinarios no son sustitutos para su propia demanda contra el abogado.  Por lo tanto, en general, Ud. no debiera esperar recibir ningún dinero, o reembolso de dinero perdido, como resultado de su queja.

Consejo Legal: No podemos darle ningún consejo legal, ni representarle, ni podemos recomendarle un abogado.  Si Ud. precisa un abogado, sírvase pedir información a su colegio de abogados local sobre el servicio de referencia de abogados.  El número de teléfono para los servicios de referencia de abogados del Colegio de Abogados del Condado de King es (206) 623-2551 y su sitio web www.kcba.org.

Abogados Que No Son Miembros: Si su queja es contra alguien que no es abogado y que no está afiliado a un abogado licenciado, o contra un abogado que no está licenciado para ejercer en el Estado de Washington, le sugerimos se comunique con la Junta para Ejercer la Abogacía al número (206) 727-8252 o a través del sitio web www.wsba.org. Nosotros mantenemos una lista de todos los abogados licenciados para ejercer la ley.  Sírvase llamar al (206) 727-8207 para consultar acerca de la membresía de un abogado.

Disputas por Honorarios: Generalmente, Ud. no debiera esperar que sancionemos a su abogado para resolver una disputa en cuanto a honorarios.  Hable con su abogado sobre sus preocupaciones acerca de los honorarios.  El Colegio de Abogados del Estado de Washington tiene un programa voluntario de arbitraje de honorarios en el cual los abogados y clientes pueden resolver disputas de honorarios.  Para participar en este programa, tanto el abogado como su cliente deben pagar $75 cada uno.  Para obtener información acerca de este programa, comuníquese al (206) 733-5923.

Conducta Descortés: No debiera esperar que sancionemos a un abogado por comportarse de una manera que a Ud. le parezca descortés o grosera.  Generalmente, mal servicio al cliente no constituye un quebrantamiento de ética.

Casos Relacionados: En general, aplazamos cualquier acción si hay algún litigio pendiente que esté relacionado a su queja.

Abogados Opuestos: Se presentan muchas quejas contra los abogados de la parte opuesta.  Aunque no esté de acuerdo con la conducta del abogado opuesto, especialmente si tiene un impacto negativo para Ud., la conducta del abogado puede no ser necesariamente poco ética.
Asuntos Personales: Generalmente, no investigamos asuntos que surjan de la vida personal de un abogado, tales como disputas con vecinos, acreedores, o cónyuges.

Jueces: Generalmente, no investigamos quejas contra jueces.  La Comisión de Conducta Jurídica fue creada para examinar las quejas acerca de la supuesta falta de ética profesional o incapacidad legal de un juez o comisionado de la corte.  Estas quejas deben enviarse a Commission on Judicial Conduct, P.O. Box 1817, Olympia, Washington 98507; teléfono: (360) 753-4585; www.cjc.state.wa.us.

QUEJAS COMUNES

Errores de Criterio: Muchas de las quejas que recibimos tienen que ver con desacuerdos en la forma de conducir un caso, o de la manera en la cual se debió haber gestionado el caso, pero no son quebrantamientos de ética. Asimismo, una queja sobre errores de criterio no constituye necesariamente un quebrantamiento de ética.

Disputas sobre Expedientes: Un abogado puede quedarse con su expediente si reclama el derecho de gravamen  en garantía del pago de una deuda, pero no puede quedarse con su expediente si es que ello interfiriera sustancialmente con sus intereses legales.  Si el abogado no quiere entregarle su expediente, considere consultar con otro abogado para resolver el problema. Si Ud. está pensando en presentar una queja contra su abogado por una disputa sobre el expediente, sírvase llamar primero a nuestra oficina.  Encontrará mayor información al respecto en nuestro folleto Comunicándose con su Abogado.

Problemas de Comunicación: Si su abogado no responde a sus llamadas, escríbale y pídale que le llame.  Si no recibe respuesta y está considerando presentar una queja contra su abogado por problemas de comunicación, haga el favor de llamar primero a nuestra oficina. Encontrará mayor información al respecto en nuestro folleto Comunicándose con su Abogado.

Mala Administración de Propiedad o Dinero: Las Reglas de Conducta Profesional contienen reglas estrictas en cuanto al manejo de fondos y propiedad de los clientes.  Si luego de consultar con su abogado, Ud. piensa que no ha cumplido con las reglas, Ud. debe tomar medidas inmediatamente: presente una queja en nuestra oficina, comuníquese con su departamento local de policía u oficina de la fiscalía, y obtenga asesoría legal independiente sobre sus derechos legales.  Si Ud. cree que un abogado se ha apoderado deshonestamente de sus fondos o propiedad, es posible que clasifique para alguna indemnización del Fondo de Abogados para la Protección de Clientes.  Las solicitudes las puede obtener llamando al (206) 443-9722 o en el sitio web www.wsba.org.  Puesto que hay límites en el tiempo que tiene para hacer valer sus derechos, debe actuar de inmediato.

SUS DERECHOS Y RESPONSABILIDADES AL PRESENTAR UNA  QUEJA

Para consultar acerca de presentar una queja, sírvase llamarnos al (206) 727-8207.  Su queja debe hacerse por escrito en inglés y debe estar firmada.  Preferimos que utilice nuestra forma de quejas, la cual contiene instrucciones adicionales.  No hay costo, ni límite de tiempo para presentar una queja.

Su queja será tratada de manera justa para Ud. y el abogado.  Las quejas presentadas en nuestra oficina no son públicas cuando se presentan, pero es posible que se hagan públicas.  Generalmente, el abogado recibe una copia de su queja. 

Si determinamos que su queja merece una investigación, le daremos el nombre del investigador y Ud. tendrá una oportunidad razonable para hablar con esa persona.  Si se investiga su queja y el abogado responde a ella, generalmente Ud. recibirá una copia de la respuesta del abogado.  Es posible que a Ud. se le pida participar en una o más entrevistas, o que  presente información adicional.  En general, Ud. tiene el derecho de asistir a cualquier audiencia relacionada a la queja e incluso podría ser citado(a) a prestar testimonio bajo juramento.

Después de una audiencia pública, nosotros podemos recomendar que un abogado sea amonestado, reprendido, que su derecho a ejercer la abogacía sea suspendido, o que sea excluido del ejercicio de la abogacía.

Si su queja es desestimada, Ud. tiene el derecho de apelar la decisión y solicitar una reconsideración dentro del plazo de 45 días a contar de la decisión.





Last Modified: Thursday, December 07, 2006

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